Victorioso paro de los trabajadores estatales

César Tovar de León 1:53 p.m.

Por Carlos Ernesto Castañeda R.

Presidente Nacional Sunet, y Secretario Técnico (CUT, CGT, CTC, Fecode, Fenaltrase, Utradec, Fecotraservipúblicos y Únete) en la mesa de negociación
Luego de haber desarrollado el proceso de negociación colectiva en 2017, quedan varias importantes lecciones para futuras negociaciones y procesos de la lucha reivindicativa o política que involucren la movilización social.

El aspecto relevante del cual se planteó un debate, es el de la formalización laboral y la lucha contra la tercerización laboral ilegal en el sector público, y se consignó en el primer punto del acuerdo de la negociación colectiva de las peticiones de las organizaciones sindicales de empleados públicos. La discusión de este artículo implicó la decisión de priorizar la revisión de las plantas de personal necesarias para asegurar que la función permanente del Estado garantice los derechos fundamentales o los servicios públicos necesarios para la convivencia, en las siguientes entidades: Ministerios de Trabajo, Justicia y del Derecho, Transporte, Educación, Interior, Relaciones Exteriores; Instituto Nacional de Medicina Legal, Dian, Aerocivil, Invias, Icbf, Sena, Defensoría del Pueblo, Ideam, Unp, Inpec, Esap, Superintendencia de Notariado y Registro, Agencia de Reincorporación y Normalización.

Frente a las entidades territoriales, se impartirán directrices y lineamientos en materia de formalización y ampliación de plantas.
Otros importantes avances de la negociación son los siguientes:  Trabajo decente: Una deuda de los acuerdos anteriores, es la suscripción de un pacto por el trabajo decente, entendido bajo la definición de la OIT como los derechos en el trabajo, las oportunidades de empleo, la protección social y el diálogo social; y de un decreto que reglamente el mismo en Colombia. En el acuerdo se ha establecido una hoja de ruta para que se suscriba un pacto por el trabajo decente y se expida el correspondiente decreto en un término preestablecido.

Aumento de los límites salariales en el decreto que los fijó para las entidades territoriales: En la revisión desarrollada de los acuerdos correspondientes a los aspectos incumplidos por el Gobierno Nacional, las organizaciones sindicales planteamos un condicionamiento para el inicio del proceso de negociación del año 2017, y ese fue el de que todos aquellos aspectos incumplidos de las vigencias anteriores, se revisarían y sobre ellos se acordaría una fórmula de solución. Dentro de esos temas está el de los límites salariales de las entidades territoriales, y sobre ellos se acordó que en el nivel asistencial y en el técnico, se realizará un aumento de los mismos, en el equivalente a un grado salarial. Ello permite resolver el represamiento en que se encuentran las modificaciones salariales territoriales, bajo el criterio de que si un cargo está en el límite salarial, todos los empleados de la entidad, deben tener el mismo reajuste de dicho cargo, que resulta siempre igual al monto que ha venido subiendo el límite salarial. Se elimina un obstáculo a la negociación de salarios en el orden territorial. El decreto que cumpla el acuerdo, debe ser expedido dentro del mes siguiente a la firma del acuerdo.

Concurso de ascenso: Este es otro importante asunto del acuerdo. El punto pretende aplicar de manera mixta el concurso abierto respecto a un 70% de los empleos vacantes y el concurso cerrado para el 30% restante, tal como lo avaló la Corte Constitucional en el Sistema de Carrera de la Fiscalía General de la Nación. Con la iniciativa se asegura la movilidad de los empleados de carrera que se han esmerado para estudiar y que ven frustrado su ascenso en un concurso abierto, así como los empleados provisionales, que ahora tendrán una posibilidad de asegurarse una mayor estabilidad laboral, preservando la capacidad y memoria institucional que resulta afectada cuando una mayoría de empleados de una entidad son retirados abruptamente.

Reajuste salarial: Pese a voces que quisieron "hacer trizas" el acuerdo sobre salario, con el pretexto de que dejaba en mala situación al magisterio, lo cierto es que entre el 0,65% que el gobierno había presupuestado como aumento real, y el 1% adicional al IPC para un total de 6,75%, el acuerdo resultó positivo para los estatales, incluidos los maestros, a quienes además les corresponden tres puntos más como fruto de su propia lucha.

Evaluación de desempeño: El acuerdo 565 de la Comisión Nacional del Servicio Civil, ha sido un duro golpe a los estatales, al contemplar que parte del trabajo que se evalúa y puntúa, resulta no solo de la actividad del funcionario, sino además del trabajo de grupo que evalúa el jefe de control interno de las entidades. En el acuerdo se establece que las entidades contarán con un tiempo límite para expedir su propio sistema de evaluación, y que dicho sistema deberá ser concertado con las organizaciones sindicales y las comisiones de personal. Es un gran avance respecto al problema que se resuelve, y respecto de la participación sindical en los asuntos relativos a la evaluación de desempeño.
Participación en política: Cuando se habla de la participación en política de los empleados a quienes la Constitución Política se los permite, pero limitado por el requisito de una ley estatutaria previamente expedida, en realidad estamos hablando de una prohibición de acuerdo con la jurisprudencia y la doctrina nacionales, aun cuando quien sea empleado público, pueda analizar con mayor apertura otra tesis. En todo caso, haber logrado la discusión y presentación de un proyecto de ley estatutaria que permita el ejercicio de este derecho, resulta crucial para los derechos civiles y políticos de los estatales, y permite una mayor incidencia en la vida política al sindicalismo del sector público.

Sindicalismo por rama: En materia de avance de los derechos sindicales y la libertad sindical, no cabe duda que históricamente ha habido un vacío en cuanto a la regulación de los procedimientos de negociación y el ejercicio de la actividad sindical por sectores o ramas de la economía o los servicios, para este caso, de los prestados por el Estado, y de las organizaciones que se constituyen para funcionar sectorialmente, como sindicatos de rama como el Sunet de la CUT. Un acuerdo para evaluar de manera prioritaria el mecanismo e implementar este tipo de sindicalismo, es sin duda un avance en especial para la CUT, por cuanto las decisiones congresuales han señalado la organización de la Central en este tipo de sindicalismo.

Ajuste al derecho a encargo: En la actualidad el derecho a encargo, está condicionado a tener una evaluación sobresaliente. No obstante el empleado de carrera que tenga evaluación simplemente sobresaliente, tiene en todo caso un mejor derecho que un empleado provisional conforme a la ley. No obstante, en la actualidad, si no hay empleado con evaluación sobresaliente, se efectúa nombramiento provisional, desconociendo el derecho del empleado de carrera. El acuerdo consiste en introducir una modificación normativa que priorice al empleado sobresaliente, pero en ausencia de este tendrá mejor derecho el empleado de carrera que simplemente tenga evaluación satisfactoria antes que el derecho del nominador a nombrar en provisionalidad.

Comités sindicales de diálogo por entidad: La apertura a la discusión en las entidades de los asuntos administrativos de carácter laboral, venía siendo un derecho nugatorio por parte de las entidades. No obstante, y entre otras cosas para asegurar la participación de las decisiones que eventualmente pueden afectar los derechos del trabajador, se constituirá un comité de diálogo institucional en cada entidad.

Acuerdo sobre garantías respecto de no represalias: Al final del acuerdo nacional se estableció que del mismo no se desprenderían represalias contra los participantes en las actividades derivadas de la negociación nacional, lo que implica que no debe haber ninguna clase de medidas contra los participantes del paro, las movilizaciones, los plantones, las medidas de aplicación rígida de reglamentos o cualquiera otra desplegada en el marco de la libertad sindical, para ejercer legítima presión en medio del conflicto laboral.

Extraordinaria movilización

Sin duda alguna, estos acuerdos y otros no destacados aquí, no habrían sido posibles, sin el extraordinario despliegue de movilización del magisterio agrupado en Fecode, y de la no menos visible movilización de los estatales, como hace mucho tiempo no se lograba, pasando por el paro en el Ministerio de Trabajo, la operación reglamento en el Inpec, el paro en el Icbf, y las luchas que le han antecedido en el Sena y otras instituciones.

Además, los avances que se observaron durante la presente negociación, que involucran entre otras cosas una discusión sobre los recursos del Sistema General de Participaciones para educación, salud y saneamiento básico que van inmersos en el acuerdo resultante de la lucha que dio y ganó el magisterio colombiano agrupado en Fecode junto a los empleados administrativos y directivos docentes, son de un enorme calado respecto de cualquier otra pretensión de la negociación.

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